Día 35 #quedateencasa por decreto.

Sábado 18 de abril de 2020.

Locura es hacer lo mismo una y otra vez esperando obtener resultados diferentes.

Hay dos cosas infinitas: el universo y la estupidez humana. Y del universo no estoy seguro.

En medio de la dificultad yace la oportunidad.

Albert Einstein.

Este sábado ha sido bastante completito, vaya si lo ha estado. 

En temas culinarios he empezado con un pan distinto pero sólo en el procedimiento. Como todo, mediante prueba error lo iré mejorando, porque le ha faltado tiempo para estar un poco mas crujiente. Eso sí en tostada está genial. Luego judías pintas, y aquí hay que detenerse aunque sea un poco.

No es un plato complicado, mas bien al contrario es bastante sencillo, solo que te lleva un par de horas hacerlo. No le pongo oreja que es lo que le corresponde por si tiene cerumen. Es broma, mala, pero broma 🤣🤦🏻‍♂️. Le pongo costillas de cerdo, consu chorizo, consu tomate, consu laurel, consu ajo y consus pintas. Y a comer, pero a comer de eso que piensas, pero que bien me ha salido esto, y te da una pena horrible que se acabe.

Bueno ley de vida, todo tiene un principio y un final....

Después de comer y de una supermodorra a g¡hacer deporte, que hay que bajar las judías, consu pasilling, consus fexiones y consus abdominales. Esta vez no estaba solo, en una habitación la niña con la loca de youtube que te destroza si le sigues los ejercicios de fitness, vaya animal, y el el salón la parienta dando vueltas y bailando. El de abajo estará contento... Pero como ya conté en otra entrada, todavía tiene mucho que purgar.

Y para rematar la faena, preparado de croquetas para hacerlas el domingo. La cosa ha ido por fases, primero extraer jamón de la paleta. Esto, ni el Piedrahita, ni el Tamariz, porque la paleta es la de Navidad y supuestamente esta acabada, pero raspando raspando aparecen vetas de magra que están cojonudas, y esta veta en particular exudando grasa 😋.

Con esa materia prima el éxito está asegurado. Ahora hay que hacerlo taquitos, de los que pondré mas de la mitad en la bechamel y los trituraré nada mas cuajarla, y el resto los echo después como tropezones, pero pequeñitos.

En este proceso se me ha ido la mano. He cogido un cuchillo nuevo que corta solo con mirarlo y en un leve descuido, todavía no me explico como, me he rebanado un poquito el dedo gordo de la mano izquierda. Que cosa mas tonta, me he llevado un poco de uña y su carne cercana, lo cual ha provocado una mínima depresión en el skyline del dedo.

Lo que mas me fastidia es que para poder seguir después de apañar la sangre me ha puesto un guante con lo que hoy en día supone eso. Bueno, lo reciclo, pero j***.

Así  que con estas trazas la pasta está preparada.

Sin contar el tiempo de escribir la entrada a este blog, ni la vida en las redes el día pasó como se lo hemos contado.

Por otro lado, y mas propio del momento en el que escribo esto, que del día descrito,y después de ver lo que dice y hace el gobierno y sus representantes, lo que en las redes sociales hay, lo que whassapeo y me whassapean, cada vez estoy mas convencido de que las formas de este confinamiento son absolutamente inconstitucionales. No me refiero al hecho en sí de tener que estar confinados y de la necesidad de mantener el aislamiento social como forma de contención de a epidemia, sino a las formas y la aplicación de las leyes y las normas. No se puede retorcer la ley para conseguir un bien común porque al final, el fin acaba justificando los  medios, y aunque en alguna etapa de nuestras vidas es un supuesto que aceptamos tranquilamente fruto de la inexperiencia o de falta de madurez, lo cierto es que corremos un grave peligro liberticida, porque si el bien común lo justifica todo, justificar en si mismo cualquier cosa como bien común es facilísimo si el que lo hace no rinde cuentas ante nadie, y entonces.....

No será voluntariamente, o sí, no lo sé, pero este gobierno, o sus  ministros están cayendo en ese gravísimo defecto y se vulneran unos cuantos derechos constitucionales todos los días, y los demás los aceptamos, porque hay que contener a los payasos en su casa. Y es verdad, a la gente hay que dejarla en casa, y hacer cumplir este confinamiento por el bien de todos, pero hay que hacerlo bien o la democracia acaba putefractada y destruida en su misma esencia. Ni si quiera una mayoría puede arroparse el derecho de juzgar instantáneamente o de imponer sus opiniones.  Si no hay un proceso limpio, claro, transparente, constitucional y democrático que lo ampare, cualquier acción es un torpedo a la línea de flotación del Estado de Derecho que lo acaba debilitando.

Y eso se traduce en acción corrección, si es que alguien lo denuncia, como revisar un ticket de compra para ver si se han comprado productos esenciales. Y no es que el policía sea una bestia que aplica la ley de Murphy (Charles Bronson), es que si el ambiente que se transmite desde el ministro del interior a través de la cadena de mando hasta el policía es proclive al "somos los amos del mundo", aplica el criterio de la ley soy yo, y si su ley es no se mueve ni dios, apañado vas. 

Y ahora multan desobediencia a la autoridad si te pillan fuera de casa sin excusa. Pero que barbaridad es esa. Si hay que multar por saltarse el confinamiento, primero hay que regular tal supuesto que la ley lo contemple expresamente, cosa que ahora parece que no es así, por lo que se retuerce la ley.

Cualquiera que  se salte el confinamiento es un zote, pero un zote con derechos.Si los asesinos, terroristas y demás ralea tienen derecho, los zotes, también.

Por si se nos ha olvidado, que al gobierno parece que sí, aquí transcribo algunos artículos de la Constitución Española.
Artículo 1
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
Artículo 9
1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Artículo 10
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.
Artículo 18
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
Artículo 20
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
Artículo 55
1. Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del artículo 17 para el supuesto de declaración de estado de excepción.
Os dejo las fotos, ahora sí del día que corresponde... 
Y mañana será otro día.





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